Objetivos

El Centro de Microscopías Avanzadas funciona como una unidad dedicada al cumplimiento de los siguientes objetivos:

  • Desarrollar programas de investigación, básica y aplicada, principalmente en el campo de la Biología, la Química, la Física, las Ciencias de los Materiales, la Medicina y la Ingeniería.
  • Participar y propiciar proyectos de investigación interdisciplinarios conjuntamente con otras dependencias de la UBA y otras instituciones científicas nacionales e internacionales.
  • Formar recursos humanos capacitados para el uso de las técnicas de microscopía que ofrece el centro.
  • Ofrecer cursos periódicos de formación científico-académica en las áreas fundamentales de investigación pertinentes al Centro.
  • Prestar servicios y brindar asistencia técnica, científica y académica, permanente o temporal, a distintas instituciones y sectores regionales o nacionales que así lo requieran.

 

Reglamento

Capítulo I Del Nombre y sede

Artículo1: El Centro de Microscopías Avanzadas (CMA) es una dependencia adscrita a la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Buenos Aires, destinada fundamentalmente a la investigación básica y aplicada en áreas que requieran del uso de técnicas y enfoques propios de la Microscopía, así como a la formación de recursos humanos en tales áreas.

Artículo 2: La sede del CMA está ubicada en la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, pabellón I, Ciudad Universitaria.

 

Capítulo II De Los Objetivos

Artículo 3: El Centro de Microscopías Avanzadas de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales tendrá por objetivos:

a) Promover, desarrollar y realizar investigaciones básicas y aplicadas que involucren la Microscopía, utilizando para tales fines al personal ordinario de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, al personal visitante y al que pudiese contratar específicamente para estas tareas.

b) Contribuir a la formación de estudiantes universitarios, profesionales o investigadores a través de cursos de especialización, cursos de postgrado o pasantías, en disciplinas que hagan uso de la Microscopía o en áreas afines que se consideren necesarias para el cumplimiento de los fines del Centro.

c) Estudiar y buscar soluciones por iniciativa propia o a solicitud de otras instituciones públicas o privadas a problemas que puedan ser abordados con técnicas, procesos o metodologías derivadas de sus líneas de investigación.

d) Brindar apoyo técnico a investigadores o instituciones que así lo requieran, cuando esto sea pertinente o posible.

e) Actuar per se para solicitar y disponer de fondos provenientes de organismos estatales y privados del país, o del exterior, requeridos para el cumplimiento de sus funciones.

f) Cooperar y participar activamente en los programas nacionales e internacionales de desarrollo de la Microscopía y áreas afines.

g) Brindar servicios y asesorías a la comunidad científica y tecnológica del país.

h) Realizar otras actividades complementarias derivadas de sus objetivos.

 

Capítulo III De la Organización y sus Miembros.

Artículo 4: El Centro de Microscopías Avanzadas estará dirigido por un Coordinador, y una Comisión Académica integrada por el Secretario de Investigación de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales y cuatro Investigadores Asociados, todos designados por el Consejo Directivo de la Facultad a proposición del Decano. Los miembros del Consejo durarán 1 año en sus funciones, podrán ser reelectos, y no devengarán remuneración especial.

Artículo 5: El Consejo de Investigación propondrá de su seno al Consejo Directivo el candidato a Coordinador Suplente, en caso de faltas temporales del coordinador.

Artículo 6: El Centro de Microscopías Avanzadas estará conformado por los siguientes investigadores:

a) Investigadores propios, es decir investigadores de carrera con lugar de trabajo en el CMA cuya tarea de investigación se realiza primordialmente en dicho Centro. Pertenecen a esta categoría docentes de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, investigadores del CONICET, personal contratado por la Facultad y otros organismos de financiamiento que tengan lugar de trabajo en el CMA.

b) Investigadores Asociados, es decir investigadores que por el carácter de sus investigaciones tienen una fuerte vinculación con el Centro.

c) Investigadores Visitantes, todo investigador, que con carácter transitorio, requiera realizar sus tareas Centro de Microscopías Avanzadas dentro de sus líneas de investigación y/o proyectos de investigación.

d) Investigadores consultores y honorarios, investigadores de relieve internacional en el área que brindarán apoyo al Centro.

e) Usuarios, investigadores o profesionales que hacen uso esporádico del Centro a través de sus servicios.

Anexo: lista de investigadores asociados, consultores y honorarios actuales.

Los investigadores deberán elevar por escrito al Consejo de Investigación la solicitud para integrar las categorías b y c presentadas anteriormente. El mismo determinará su aprobación luego de evaluar las solicitudes en una reunión. el Consejo de Investigación propondrá al Consejo Directivo de la Facultad la designación de los integrantes del inciso d.

Artículo 7: El Centro de Microscopías Avanzadas podrá dar cabida a estudiantes, pasantes o tesistas de pre o postgrado que realicen tareas de investigación, previa aprobación del Consejo de Investigación a proposición del investigador responsable del proyecto en que intervengan.

 

Capítulo IV De las Atribuciones.

Artículo 10: Serán atribuciones del Coordinador.

a) Participar de las reuniones del Consejo de Investigación.

b) Convocar al Consejo por lo menos una vez al mes, o cuando lo considere necesario por iniciativa propia o a petición de dos, o más de sus miembros.

c) Tramitar las solicitudes de financiamiento para el desarrollo de proyectos, los pedidos de equipos o suministros así como las solicitudes del personal.

d) Disponer de los fondos para investigación que provengan de ingresos propios o del presupuesto ordinario, en concordancia con las pautas administrativas de la Universidad de Buenos Aires.

e) Coordinar actividades que garanticen el funcionamiento del Centro.f) Coordinar la elaboración de la memoria anual del Centro de Microscopías Avanzadas y presentarla ante el Consejo de la Facultad.

h) Resolver o tramitar todo asunto relativo al Centro que no esté contemplado en las atribuciones del Consejo de Investigación.

i) Proponer el esquema de tarifas de los distintos servicios y asesorías que se brindarán en el CMA.

j) Desarrollar en el Centro sus propios proyectos de investigación.


Artículo 9: Serán atribuciones del Consejo de Investigación:

a) Cumplir y hacer cumplir el reglamento del Centro de Microscopías Avanzadas y demás normas y decisiones tomadas por este consejo.

b) Elaborar el plan de desarrollo del Centro de Microscopía Avanzadas y los proyectos de apoyo institucional.

c) Aprobar proyectos de investigación, asesorías y otras actividades a ser efectuadas en el Centro.

d) Autorizar al Coordinador del Centro de Microscopías Avanzadas para que en su nombre gestione cualquier tipo de contrato o asunto necesario para el cumplimiento de los objetivos del Centro.

e) Evaluar los informes de las líneas y proyectos de investigación del Centro.

f) Aprobar las tarifas de los servicios y asesorías que se brindarán en el centro.

 

Autoridades

Coordinadora: resolución Nº

Dra. Lía I. Pietrasanta

Comisión Académica (Resolución CD N° 1013/02)

Dra. Elizabeth Jares-Erijman
Dr. Oscar Martínez
Dr. Ernesto Calvo
Dr. Daniel Tomsic
Dr. Roberto Etchenique